Senadoras del PT proponen seguro de responsabilidad civil para prestadores de servicios de hospedaje digital


 México

Con el objetivo de proteger a los usuarios de plataformas digitales de hospedaje, las senadoras Geovanna Bañuelos y Martha Márquez, junto con el senador Joel Padilla, presentaron una iniciativa para reformar la Ley Federal del Consumidor. Esta propuesta busca establecer la obligatoriedad de que los prestadores de servicios de hospedaje cuenten con un seguro de responsabilidad civil para casos de siniestros que afecten a los consumidores.

La iniciativa, presentada a la Comisión Permanente, señala que la actual legislación no brinda suficiente protección a los usuarios de servicios de hospedaje ante incidentes como intoxicación por monóxido de carbono y acumulación de gases. “Actualmente, el artículo 53 de la Ley General de Turismo establece que las relaciones entre los prestadores de servicios turísticos y el turista se rigen por lo que las partes convengan, observándose dicha Ley, así como lo dispuesto en la Ley Federal de Protección al Consumidor y las demás leyes aplicables”, explicó Geovanna Bañuelos.

La coordinadora del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo (GPPT) detalló que la reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor tiene como objetivo obligar a los prestadores de servicios de hospedaje a contar con un seguro de responsabilidad civil. Además, se busca que las plataformas digitales sean consideradas obligados solidarios para las reclamaciones y bonificaciones de los consumidores.

“En los últimos años se han registrado en México diversos casos en que personas que alquilaron una vivienda a través de plataformas digitales, como Airbnb o Booking, han muerto debido a la intoxicación por monóxido de carbono y acumulación de gases”, mencionó Bañuelos. La falta de responsabilidad de los proveedores de estos servicios ha dejado a las víctimas sin indemnización y justicia.

La propuesta incluye la adición del artículo 76 Ter, que establece que cualquier proveedor que ofrezca servicios de estancia turística temporal debe reconocer la autoridad de la Profeco para la mediación de conflictos. También se adiciona el artículo 76 Quater, obligando a los proveedores a contar con un seguro de responsabilidad civil suficiente para cubrir daños, perjuicios y daños morales a los consumidores y terceros. Este seguro debe cubrir incidentes no dolosos ocurridos durante el uso del inmueble arrendado.

Finalmente, el artículo 76 Quintus estipula que las plataformas tecnológicas que operen, intermedien o administren servicios de estancia turística temporal serán consideradas obligados solidarios en lo que respecta a bonificaciones o compensaciones derivadas de reclamaciones de los consumidores.

La iniciativa fue turnada a las comisiones unidas de Economía y de Estudios Legislativos del Senado de la República para su análisis y posterior dictamen.

Fuente: Acustik Noticias

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